info@financiar.com | OBX: 3271340

Para Asociados mayores de 65 años un (1) Plan Exequial individual.

Para Asociados menores de 65 años un (1) Plan Exequial individual y un (1) Auxilio hasta por la suma de DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000) M/L en caso de fallecimiento del Asociado.

Fondo de Seguridad Social

Los Asociados personas naturales podrán aportar voluntariamente la suma mensual establecida por el Consejo de Administración, como contribución al mantenimiento y conservación del Fondo de Seguridad Social. Tiene los siguientes destinos:

El Asociado que tenga el servicio de Atención médica domiciliaria (Emermédica) se beneficiara de este servicio por medio de un subsidio con cargo al Fondo, de acuerdo a la siguiente tabla de antigüedad, y previa solicitud por escrito del interesado.En caso que el Asociado solicite el servicio a sus familiares, su costo mensual será el valor neto que haya sido asegurado por la Entidad prestadora del servicio en el momento de la solicitud. El Asociado no podrá ceder su beneficio por subsidio.

Solamentelos Asociados que contribuyan al mantenimiento, fortalecimiento y conservacióndel Fondo tendrán derecho a beneficiarse de él.

Fondo de Solidaridad

El objetivo principal posibilitar manifestaciones de solidaridad entre FINANCIAR y sus Asociados.

FINANCIAR podrá otorgar auxilios con cargo a los recursos del Fondo deSolidaridad para las siguientes finalidades:

a.

Auxiliar a sus Asociados en caso de calamidad doméstica.

b.

Atender servicios médicos, hospitalarios y quirúrgicos para los Asociados o sus familiares en el parentesco señalado en los estatutos o reglamentos.

c.

Adquirir mausoleos, osarios, cenizarios, lotes en parques cementerios, destinados a facilitarlos a los Asociados, mediante diversas modalidades.

d.

Subsidiar hasta por el 20%  planes exequiales .

e.

Otorgar contribuciones y participar en obras para lograr un desarrollo sostenible de la comunidad, de conformidad con las políticas generales aprobadas por el Órgano competente.

f.

Contribuir con donaciones esporádicas y ocasionales frente a calamidades de sus Asociados o a hechos que generen catástrofes o perjuicios colectivos en el entorno de la Entidad.

g.

Realizar pagos con destino a la “educación formal”, en los términos previstos en la reglamentación que para tal efecto expida el Gobierno Nacional.

Fondo de Educación

Este Fondo tiene como finalidad apoyar el Fomento de la Educación Formal de acuerdo con las normas legales y reglamentarias y en especial de lo consagrado en la Ley 79 de 1988 y el Decreto 2880 de 2004, a través de un convenio suscrito con ICETEX se entregan subsidios Educativos.

Adicionalmente el otorgamiento de Becas Educativas a sus asociados.

Descargar Reglamento PDF